Áreas Naturales Protegidas (ANP).
De acuerdo a la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) las Áreas Protegidas (AP) son:
Las
que tienen por objeto la conservación, el manejo racional y la restauración de
la flora y fauna silvestre, recursos conexos y sus interacciones naturales y
culturales, que tengan alta significación por su función o sus valores
genéricos, históricos, escénicos, recreativos, arqueológicos y protectores; de
tal manera de preservar el estado natural de las comunidades bióticas, de tal
modo que se mantengan opciones de desarrollo sostenible.
De acuerdo a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) las Áreas Naturales Protegidas (ANP) son:
Porciones
terrestres o acuáticas del territorio nacional representativas de los diversos
ecosistemas, en donde el ambiente original no ha sido esencialmente alterado y
que producen beneficios ecológicos cada vez más reconocidos y valorados.
Se crean mediante un decreto presidencial y las
actividades que pueden llevarse a cabo en ellas se establecen de acuerdo con la
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, su Reglamento,
el programa de manejo y los programas de ordenamiento ecológico.
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
administra actualmente 174 áreas naturales de carácter federal que representan
más de 25,334,353 de hectáreas.
Mediante a las disposiciones de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el 30 de noviembre
del 2000, se establecieron los criterios que deben considerarse para incorporar
a un ANP en el Registro del SINAP, aquellas áreas que presenten especial
relevancia:
1.Riqueza de especies;
2.Presencia de endemismos;
3.Presencia de especies de distribución restringida;
4.Presencia de especies en riesgo;
5.Diferencia de especies con respecto a otras áreas
protegidas previamente incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales
Protegidas;
6.Diversidad de ecosistemas presentes;
7.Presencia de ecosistemas relictuales;
8.Presencia de ecosistemas de distribución restringida;
9.Presencia de fenómenos naturales importantes o
frágiles;
10.Integridad funcional de los ecosistemas;
11.Importancia de los servicios ambientales generados, y
12.Viabilidad social para su preservación
Finalmente se proporciona un Fondo Monetario para las ANP.
En 1997 el Banco Mundial firmó un convenio con el
Gobierno de México y el Fondo Mexicano para la Conservación de la Naturaleza
(FMCN) que resultó en un primer desembolso de recursos patrimoniales del Fondo
para el Medio Ambiente Mundial (Global Environment Facility; GEF). Esta
aportación dio origen al Fondo para Áreas Naturales Protegidas (FANP).
El
FMCN se encarga del manejo financiero del FANP, canaliza los intereses anuales
a la operación básica de áreas naturales protegidas (AP) prioritarias,
supervisa su ejercicio y procura fondos adicionales
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